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Ministerio de Salud expidió la Resolución 680, con protocolos de bioseguridad para el sector de saneamiento básico

EPS e IPS deben garantizar la toma de muestras de COVID-19

Teniendo en cuenta que resulta vital y estratégico que se produzca el reinicio o continuidad de las obras para que la población pueda contar con agua potable y saneamiento básico, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 680 de 2020, que adopta el protocolo con las medidas de bioseguridad para prevenir la transmisión de covid-19 entre quienes desarrollen estas labores.

Debido al Aislamiento Preventivo Obligatorio, las entidades contratantes y administradoras de proyectos deberán analizar las obras que se reactivarán durante la emergencia sanitaria, para que se haga de manera gradual.

En cuanto a los equipos de trabajo, se dispone definir perfiles que puedan desarrollar teletrabajo y los que son indispensables en los frentes de obra, procurando el menor desplazamiento desde otras localidades e implementar la política de mantenimiento de trabajo y empleos durante la emergencia.

Además, es necesario conformar un comité de seguimiento de las medidas, del cual harán parte un representante de la entidad contratante, uno del contratista, uno de la interventoría y uno del municipio donde se ejecuta la obra, que se reunirá semanalmente para revisar, entre otros, los avances en la implementación de las medidas tomadas y casos identificados.

De otra parte, quienes ejecuten los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico articularán y socializarán las medidas de bioseguridad para garantizar el apoyo de las de las autoridades departamentales, distritales y municipales, en aspectos como movilidad de maquinaria y personal dentro del municipio, del municipio a los sitios de canteras y a los sitios de obra. También deben hacerlo con las autoridades de salud y las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).

Responsabilidades

El protocolo establece niveles de responsabilidad para la entidad contratante, contratistas, interventores, directores de obras, profesional de seguridad y salud en el trabajo y a los trabajadores en la obra.  Algunas de ellas son:

-Monitoreo y evaluación del cumplimiento de las acciones previstas.

-Articulación con autoridades departamentales, distritales o municipales de salud y las Administradoras de Riesgos Laborales y reportar los síntomas o posibles contagios que se puedan presentar en el personal.

-Ubicar puntos de hidratación y lavado de manos en cada obra y dotar y garantizar recambio de los elementos de protección a todos los trabajadores.

-Informar a las comunidades aledañas a los proyectos las medidas de bioseguridad que se implementarán en la obra.

-El profesional de seguridad y salud en el trabajo elaborará protocolos complementarios para monitorear el estado de salud de los trabajadores y actuar ante la sospecha de posible contagio; asegurar que se cumplan todas las medidas de higiene y de distanciamiento que sean necesarias incluyendo los traslados; hacer el registro diario de toma de temperatura al inicio, durante y al final de la jornada.

-Estará prohibido el intercambio de ropa o elementos de uso de protección personal como chaleco, casco, monogafas, guantes y tapabocas, entre otros, y capacitar al trabajador en la colocación, uso diario y retiro.

Antes de llegar y durante la permanencia en obra

El lineamiento menciona que si el trabajador se desplaza en medios de transporte masivo debe usar tapabocas, y si es suministrado por la empresa se debe garantizar que esté limpio y desinfectado y se recomienda guardar una silla de distancia entre las personas.

-Incentivar a los trabajadores a la movilidad en bicicleta o moto con los elementos de protección y si los trayectos son cortos que sean a pie.

-Al momento del acceso a las obras, se debe hacer el control para evaluar posibles síntomas de contagio; si el registro de temperatura es mayor a 38 grados, esperar quince minutos y realizar una nueva toma para confirmar. Si persiste, es importante avisar a las autoridades sanitarias.

-Dotar de lavamanos, jabón y toallas de papel para el lavado de manos al ingreso a la obra y garantizar el suministro diario de tapabocas. Si el sitio cuenta con lectores de huella para el ingreso, se debe hacer desinfección después de cada uso individual.

-Establecer diferentes turnos de trabajo, si es posible, diurnos y nocturnos. Al finalizar se debe hacer limpieza y desinfección.

Protocolo sanitario

El contratista debe realizar un Plan de Aplicación de Protocolo Sanitario para la Obra, con actividades que permitan minimizar la transmisión del virus; entre estas están:

-Definir un espacio al interior de la obra para cuidar la salud de quienes puedan presentarse con alguna sintomatología.

-Implementar turnos de almuerzos, refrigerios y lavado de manos; hacer desinfección de mesas y comedores.

-Asegurar disponibilidad de los elementos de higiene y de canecas de pedal para disposición de residuos.

-Limitar el ingreso a vestidores, baños y duchas a grupos de no más de 5 personas.

-Durante la permanencia en la obra, el trabajador debe utilizar overol o ropa de trabajo y hacer mantenimiento de los elementos de protección personal.

Respuesta ante un caso

El protocolo establece los pasos a seguir cuando un trabajador presente síntomas asociados a la enfermedad. En una situación como estas, el contratista debe mantener la confidencialidad con la protección de datos del afectado; posteriormente, llamar a la línea de atención dispuesta por la autoridad de salud, mantener una distancia de al menos dos metros y si no tiene tapabocas suministrarle uno; además, solicitarle información para evaluar el riesgo.

Si se requiere transportarlo, cumplir con los lineamientos establecidos y mantener un canal de comunicación permanente; el trabajador debe permanecer en aislamiento obligatorio de 14 días, y se debe notificar a la EPS y autoridad de salud para que les realicen las pruebas que se consideren; de salir positiva, no podrá regresar a la obra hasta que se recupere. En caso de ser negativa, se reporta al personal de salud ocupacional para que se pueda levantar la medida de cuarentena a los posibles contactos.

También se tiene que informar a la Administradora de Riesgos Laborales y al profesional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Es necesario hacer una identificación de los posibles contactos con los que el afectado haya podido estar en los 14 días anteriores a presentar los síntomas, es decir aquellas personas que estuvieron a menos de dos metros de quien presenta síntomas o compartió espacios cerrados durante un tiempo prolongado.