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Alcaldía de Yopal promueve Semana de la Cultura de la Seguridad Social en Salud y el Autocuidado

La Administración Municipal “Yopal Segura, Gobierno con Autoridad”, en cumplimiento de la Ley 1502/2011, realizará actividades frente a la Semana de la Cultura de la Seguridad Social en Salud y el Autocuidado, durante los días del 27 de abril hasta el 01 de mayo de 2020.

El Ente Territorial Municipal adelantará acciones informativas, pedagógicas, de difusión y reflexión sobre los principios y valores de la seguridad social como interés general del estímulo, la educación, el fomento y apropiación de la cultura de la seguridad social y el autocuidado en Colombia.

 A través del Decreto 064 de 2020, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social, se priorizó la afiliación de la población pobre no asegurada, recién nacidos, menores de edad y su grupo familiar, así como la afiliación de migrantes venezolanos que cuenten con el Permiso Especial de Permanencia y colombianos que hayan retornado de Venezuela.

 El Municipio de Yopal y las IPS podrán afiliar a la población de manera electrónica al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) a través del Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) que pueden encontrar en la página web del ministerio de Salud www.miseguridadsocial.gov.co

Importante: estar encuestado en SISBEN no es tener seguridad social, pertenecer a una EPS es seguridad social

1.  Afiliación

¿Qué es mi Seguridad Social?

 Es un portal web creado para que usted pueda realizar reportes de novedades y hacer consultas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y en el Sistema General de Riesgos Laborales.

Como ciudadano, usted podrá, entre otros: trasladarse a otra EPS, consultar el estado de su afiliación en salud y el historial de inscripciones a EPS, e incluir y excluir a sus beneficiarios.

Como empresario, entidades del sector público o empleador, usted podrá, entre otros: registrarse; afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales, seleccionando la ARL de su preferencia; reportar el inicio de una relación laboral con un empleado.


Como Entidades Promotoras de Salud – EPS e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS, – Administradoras de Riesgos Laborales –ARL, entes territoriales, usted podrá, entre otros: consultar la información relacionada con sus funciones en el SGSSS, hacer reportes de internación e inter operar con Mi Seguridad Social. Como Superintendencia Nacional de Salud podrá registrar las EPS inmersas en alguna medida, así como las excepciones al tiempo mínimo de permanencia en el proceso de traslado.

 Todos los ciudadanos debemos estar afiliados a una EPS

No solo el estado es responsable de brindarle salud al usuario, nosotros como usuarios debemos cuidarnos por tanto para que haya un equilibrio en el sistema tenemos unos deberes…

 2. Deberes y derechos de los trabajadores a la protección y autocuidado- deberes y derechos en el marco de la política de la participación social en salud y mecanismos de protección comunitario para evitar contagio covid-19

 Deberes:

1.     Cuidar su salud, la de su familia y su comunidad.

2.     Cumplir con las recomendaciones de los profesionales de la salud.

3.     Actuar de manera solidaria ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.

4.     Cumplir las normas y actuar de buena fe frente al sistema de salud.

5.     Brindar la información requerida para la atención médica y contribuir con los gastos de acuerdo con su capacidad económica.

6.     Respetar al personal de salud y cuidar las instalaciones donde prestan los servicios.

Derechos:

• Gozar de un buen estado de salud física y mental.
• Recibir los servicios de urgencias en las instituciones de salud, públicas y privadas.     
• Ser asegurados a través de una Empresa  Prestadora de Servicios de Salud –EPS– y a que ésta les garantice un plan obligatorio de salud POS a través de una red de servicios de salud.
• Ser beneficiario de acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, atención, habilitación y rehabilitación, en las Instituciones  Prestadoras de Servicios de Salud – IPS. 
• Conocer la red de instituciones a través de la cual recibirán los servicios de salud.
• Contar con programas de salud sexual y reproductiva, control prenatal y de atención de VIH/SIDA.
• Pronta detección y atención, tratamiento de enfermedades, y rehabilitación integral de su
discapacidad.
• Prevención de nuevas discapacidades a través de atención médica eficiente, de calidad y oportuna.
• Alcanzar y mantener un óptimo nivel de autonomía y movilidad a través de los procesos de rehabilitación integral.
• Un entorno que les procure bienestar e independencia para desarrollar sus capacidades
de manera digna e integral.   
• Pronta detección y atención de casos de violencia intrafamiliar, violencia o abuso sexual.
• La libre asociación para la defensa de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
• Participar activamente en las asociaciones de usuarios de las Empresas Sociales del Estado y de las EPS.

Las personas con discapacidad tienen derecho a estar afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), recibir servicios en salud física y mental de acuerdo con su discapacidad, sin discriminación, en igualdad de condiciones que los demás, y en instituciones cercanas a su lugar de residencia.

Las acciones que ofrecía el sistema de salud de forma presencial ahora por emergencia COVID-19 se vienen desarrollando de manera virtual:

1.     Consultas médicas general o especialista: Consulta Telefónica.

Autorizaciones para exámenes, procedimientos o  medicamentos por email o correos institucionales o APP de cada una de las EPS.

2.     Reuniones Virtuales.