El Instituto de Vivienda, Gestión Urbana y Rural de Yopal – INDEV, en uso de sus competencias, se permite informar a la comunidad del Municipio de Yopal, que las viviendas ubicadas en proyecto Villa David etapa I se encuentran en custodia temporal del INDEV; en el marco de la acción popular Nº 412 – 2006 donde se ordenó la reubicación de los asentamientos humanos Cimarrón y Villa Rita.
Se advierte a la comunidad que cualquier persona que INVADA, DAÑE o INTENTE INGRESAR DE MANERA IRREGULAR SERÁ JUDICIALIZADO POR INFRINGIR LA LEY 1801 DE 2006 en sus artículo 81, y por violar el código penal colombiano en sus artículos 263: “invasión de tierras el que con el propósito de obtener un provecho ilícito para sí o para otro, invada terreno o edificación ajena, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa 90 meses de prisión y multa de sesenta y seis puntos sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
ARTÍCULO 265. DAÑO EN BIEN AJENO: “El que destruya, inutilice, haga desaparecer o de cualquier otro modo dañe bien ajeno, mueble o inmueble incurrirá en prisión de dieciséis (16) a noventa (90) meses y multa de seis punto sesenta y seis (6.66) a treinta y siete punto cinco (37.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor”.
El gerente del Instituto de Vivienda, Gestión Urbana y Rural de Yopal – INDEV, Jorge Blanco, hace un llamado a la ciudadanía para que se abstenga de invadir los bienes del estado, so pena de ser judicializado y penalizado por los entes correspondientes.